EL NEGOCIO DE LOS DIVORCIOS PARA LOS NOTARIOSEl 11-03-2008, la Comisión de Justicia del Congreso aprobó discutir en el congreso un proyecto de ley que pasaría a las municipalidades y notarías los divorcios de mutuo acuerdo. El reglamento del congreso dice que el pleno debatirá minimamente luego de 7 días, sin embargo el pleno debatió y votó : ¡¡¡¡¡¡¡¡ A LAS 48 HORAS !!!!!!!!!!!!!
El apuro era de esperarse por el cuestionamiento de la prensa académica y los colegios profesionales y profesionales del derecho, pues el proyecto no es pro mayorías. Incluso es una puerta abierta para futuros abusos contra menores y mujeres, ante ello el propio gremio de Notarios se ha pronunciado a través de su decano Dr. Eduardo Laos, quien sostiene que la ley referida sólo debe aplicarse a esposos sin hijos menores y sin bienes inmuebles como fue en un inicio el proyecto Sasieta
Asi, la Dra. Sasieta quien fue propulsora de una interesante propuesta de ley, ahora a cedido ante el poder de los Notarios.
Del primitivo proyecto Sasieta no queda nada. Ella proponía que en casos de padres sin hijos menores y sin bienes, se divorcien en las Municipalidades, haciendo enfasis de prescindir de los "abogados".
Ahora les darian las facultades a los Notarios ¡¡¡¡¡¡¡¡¡ QUE TAMBIEM SON ABOGADOS !!!!!!!!! pero con dinero. Y serán ellos quienes divorciarán no solo a padres sin hijos sino tambiem con hijos menores, y con propiedades. Bastando para ello “un acuerdo” que fácilmente lo puede uno conseguir en “Azangaro”, tal como todas las propiedades que en diversas notarias se han apropiado
El proyecto es de autoría de la Dra Chacon de Vettori quien está emparentada con notarias (ver notaria cdra 33 de Aviación), y ante la posibilidad que archiven el proyecto Sasieta, ésta en afán de seguir figurando a claudicado entrando en componendas con los congresistas de los Notarios, ya que a las Municipalidades se les confiere una mínima participación, por que tendrán previamente que empadronar ante el Ministerio de Justicia y previa evaluación recién serán acreditadas por éste órgano para realizar dicha función, requisito que no se le exigirá a las notarias quienes podrán ejercer los divorcios sin previo trámite
Se dice que la ley agilizará, pero ya existe una ley vigente que simplifica el divorcio, la que le permite al juez excluir al fiscal y en la primera resolución admite la demanda y fija fecha de audiencia. (ley 29057 publicada en el Peruano 29-07-2007)
Esta facilidad no es utilizada por los abogados
En las municipalidades los expedientes (ejemplo: SAT) de reclamos demoran años en ser resueltos y en las notarías se “venden” (estafa) diariamente propiedades ajenas ¿LES CONFIAREMOS A ELLOS AHORA LOS DIVORCIOS ?
Con éste proyecto no habrá autoridad que vele por la legalidad y equidad de los acuerdos, sinó sólo por su arancel municipal o notarial.
Proyecto Dra Sasieta del 12-10-2006 Proyecto Ley 392-2006
Proyecto Dra Cecilia Chacon de Vettori del 23- 01-2007 Proyecto Ley 922-2006